Alfredo Pastor Bodmer, director de planificación del Instituto Nacional de Industria —INI—.
UGT-MetalIntervención de Antonio Ferré, subidrector general de Automoción del Ministerio de Industria. Primeras Jornadas de Acción Sindical SEAT celebradas en Castedelldefels, el 5 y 6 de mayo de 1984.
UGT-MetalPrimeras Jornadas de Acción Sindical SEAT celebradas en Castedelldefels, el 5 y 6 de mayo de 1984.
UGT-MetalDe izquierda a derecha: Antoni Ferrer, subdirector general de Automoción del Ministerio de Industria, hombre sin identificar, y Carlos Pardo, representante de la FITIM en España. Primeras Jornadas de Acción Sindical SEAT celebradas en Castedelldefels, el 5 y 6 de mayo de 1984.
UGT-MetalIntervención de Antonio Ferré, subidrector general de Automoción del Ministerio de Industria. Primeras Jornadas de Acción Sindical SEAT celebradas en Castedelldefels, el 5 y 6 de mayo de 1984.
UGT-MetalCarlos Pardo, representante de la FITIM para España y Portugal durante las Primeras Jornadas de Acción Sindical de SEAT celebradas en Castelldefels entre los días 5 y 6 de mayo de 1984.
UGT-MetalCarlos Pardo, representante de la FITIM para España y Portugal durante las Primeras Jornadas de Acción Sindical de SEAT celebradas en Castelldefels entre los días 5 y 6 de mayo de 1984.
UGT-MetalFotografía de grupo ante la entrada de la fábrica SEAT.
UGT-MetalFotografía de grupo ante la entrada de la fábrica SEAT.
UGT-MetalPersonaje sin identificar.
UGT-MetalFotografía de grupo ante la entrada de la fábrica SEAT.
UGT-MetalFotografía de grupo ante la entrada de la fábrica SEAT.
UGT-MetalFotografía de grupo ante la entrada de la fábrica SEAT.
UGT-MetalAnte la derogación de la Ordenanza Laboral Siderometalúrgica el 31 de diciembre de 1988 y el vacío legal que supuso en determinados aspectos, hubo una necesidad de negociar aspectos concretos e incluirlos en el Convenio General del Metal. Uno de los cambios sustanciales fue que lo pactado tenía que tener carácter de mínimos obligatorios, por que sería de eficacia directa para todos los trabajadores del metal. La vigencia sería de un año, el salario metalúrgico se fijó en 930.000 pesetas anuales, contemplaba una reducción de jornada de 38 horas semaanles, así como la claúsula de la revisión salarial. En lo referente a las contrataciones, se debería informar sobre cualquier contratación a los representantes de los trabajadores, y realizar un control por parte de los mismos de todas las contrataciones temporales efectuadas.
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